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El registro de la CNE cierra el 31 de diciembre de 2026

Control volumétrico para instalaciones de autoconsumo

Si tiene un tanque y un dispensario para sus propios camiones, está obligado a llevar control volumétrico y, salvo que ya cuente con permiso, a registrarse ante la CNE antes de que termine el año.

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El problema: le van a pedir tres años de historia

El 11 de agosto de 2026 la Comisión Nacional de Energía publicó un acuerdo que crea un programa temporal de registro para quienes despachan petrolíferos para autoconsumo sin contar con permiso. La ventana está abierta del 12 de agosto al 31 de diciembre de 2026, y después de esa fecha solo los registrados podrán seguir despachando.

El requisito que detiene a la mayoría no son los planos ni las especificaciones de tanque: son los volúmenes mensuales despachados de 2024 a 2026, en litros y desglosados por producto. Esa información existe en bitácoras de papel, en hojas de cálculo sueltas o simplemente no existe. Un sistema de control volumétrico resuelve el registro de hoy y la operación de los años siguientes con el mismo dato.

Qué hace el sistema

Comunicación con dispensadores

Lectura directa del dispensario interno y de las sondas de tanque, sin captura manual ni bitácoras paralelas.

Consumo por unidad

Control por vehículo y por operador: litros cargados, rendimiento en kilómetros por litro y límites de carga configurables.

Archivos para la autoridad

Generación de los archivos JSON y XML conforme a la normatividad de controles volumétricos aplicable a la instalación.

Integración con su ERP

Integración nativa con el sistema operativo o ERP que la empresa ya utiliza, para no duplicar captura ni mantener dos verdades.

Existencias en tiempo real

Monitoreo del inventario del tanque interno, con detección de mermas y alertas de nivel.

Historial para el registro CNE

Volúmenes mensuales por producto acumulados y consultables, que es justo lo que pide el trámite de registro.

El marco normativo que le aplica al autoconsumo

Registro para el Despacho para Autoconsumo de Petrolíferos

Programa temporal de la CNE publicado el 11 de agosto de 2026. Ventana del 12 de agosto al 31 de diciembre de 2026. Se presenta por el portal electrónico de la Comisión y quedan excluidos los permisionarios de distribución y comercialización.

Qué pide el trámite

Planos georreferenciados del predio, tipos y volúmenes de petrolíferos utilizados, especificaciones de tanques y sistemas de despacho, listado de vehículos que reciben combustible, y volúmenes mensuales despachados de 2024 a 2026 en litros y por producto.

Anexo 21 de la RMF 2026 (antes Anexo 30)

La obligación de llevar controles volumétricos alcanza a quienes adquieren hidrocarburos y petrolíferos para uso propio, conforme al artículo 28, fracción I, apartado B del Código Fiscal de la Federación.

Qué pasa después del 31 de diciembre

Solo quienes estén registrados podrán realizar despacho para autoconsumo. La CNE dispone de doce meses tras el cierre del registro para emitir la regulación definitiva.

Información vigente a agosto de 2026. Se ofrece como referencia informativa y no sustituye asesoría legal o fiscal.

Empresas que confían en AdminGas

Preguntas frecuentes

Tengo un tanque y un dispensario solo para mis camiones. ¿Estoy obligado a algo?

Sí. Eso es despacho para autoconsumo de petrolíferos y está sujeto a control volumétrico. Además, si no cuenta con permiso de la Comisión Nacional de Energía, debe inscribirse en el programa temporal de registro, cuya ventana está abierta del 12 de agosto al 31 de diciembre de 2026. Después de esa fecha solo quienes estén registrados podrán seguir realizando esta actividad.

No tengo los volúmenes históricos de 2024 y 2025. ¿Qué hago?

Es la situación más común. El trámite pide volúmenes mensuales por producto de 2024 a 2026, y en la mayoría de las empresas esa información está en bitácoras de papel o en hojas de cálculo dispersas. Lo que sí puede resolver desde ahora es que no le vuelva a pasar: instalar el control volumétrico deja el histórico construyéndose solo de aquí en adelante. Para la reconstrucción del pasado conviene apoyarse en las facturas de compra de combustible y en las bitácoras existentes.

¿Se integra con el ERP que ya uso?

Sí, la línea de autoconsumo contempla integración nativa con sistemas operativos o ERP existentes. El alcance concreto de la integración se define en el levantamiento técnico previo a la propuesta.

¿Sirve para controlar el rendimiento de mi flota, no solo para cumplir?

Sí, y suele ser el argumento que convence a operaciones más que el regulatorio. El sistema registra litros por unidad y por operador, calcula rendimiento y permite fijar límites de carga por vehículo. La misma información que exige la autoridad es la que detecta consumos anómalos.

¿Qué tipo de empresas usan esta línea?

Empresas con flota propia y dispensario interno: transporte y logística, minería, construcción, manufactura, agroindustria y flotas corporativas. No venden combustible al público; lo despachan a sus propias unidades.

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